DERECHO A LA EDUCACIÓN

Introducción

El derecho a la educación es un derecho humano intrínseco y un medio indispensable de realizar otros derechos humanos. Como derecho del ámbito de la autonomía de la persona, la educación es el principal medio que permite a la niñez y a las y los adultos marginados económica y socialmente salir de la pobreza y participar plenamente en sus comunidades, la educación es el principal medio que permite a la niñez y a las y los adultos marginados económica y social.

Alcance del derecho

Los elementos del derecho a la educación implican que la misma debe: a) orientarse al desarrollo de la dignidad humana. b) capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre. c) favorecer la comprensión entre todos los pueblos étnicos, y entre las naciones y los grupos raciales y religiosos.

En particular, el Comité sobre DESC establece cuatro características interrelacionadas como necesarias para el ejercicio pleno de este derecho:

Disponibilidad

Accesibilidad

Aceptabilidad

Adaptabilidad

Crédito de la foto: Global Partenership for Education / Carolina Valenzuela

MARCO NORMATIVO

Marco legal nacional

Constitución de la Republica de Honduras[1]

Ley para el Desarrollo de la Educación Alternativa No Formal[2]

Ley de Alfabetización Obligatoria[3]

Ley Fundamental de Educación[4]

Ley Orgánica de Educación[5]

Ley del Vaso de Leche Para el Fortalecimiento de la Merienda Escolar[6]

Ley de Alimentación Escolar[7]

Ley de Fortalecimiento a la Educación Pública y la Participación Comunitaria[8]

Ley del Fomento para la Lectura y el Libro[9]

Ley Contra el Acoso Escolar[10]

Estatuto del Docente Hondureño[11]

Reglamento para la administración de recursos del programa Matrícula Gratis[12]

Reglamento General de la Ley Fundamental de Educación[13]

Marco legal internacional

Declaración Universal de los Derechos Humanos[14]

Convención Americana de los Derechos Humanos[15]

Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer[16]

Convención sobre los Derechos del Niño[17]

Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales[18]

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales[19]

Observación General número 5 sobre derechos económicos, sociales y culturales de las personas con discapacidad[20]

Observación General número 6 sobre derechos económicos, sociales y culturales de las personas mayores[21]

Observación General número 13 del Comité sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales[22]

Observación General 17 del Comité de Derechos Civiles y Políticos sobre los derechos de los niños[23]

Observación General 23 del Comité de Derechos Civiles y Políticos sobre derechos de las minorías[24]

Observación General 28 del Comité de Derechos Civiles y Políticos sobre Igualdad de derechos entre hombres y mujeres[25]

DISPONIBILIDAD

Debe haber instituciones y programas de enseñanza en cantidad suficiente en el ámbito del Estado Parte.  Las condiciones para que funcionen dependen de numerosos factores, entre otros, en el contexto de desarrollo en el que actúan, por ejemplo, las instituciones y los programas probablemente necesiten edificios u otra protección contra los elementos.

Asimismo, instalaciones sanitarias para ambos sexos, agua potable, docentes calificados con salarios competitivos, materiales de enseñanza, etc.; algunos necesitarán además bibliotecas, servicios de informática, tecnología de la información, etc.[26]

Cantidad de centros educativos en Honduras

Definición: Muestra la cantidad de centros educativos en Honduras de la administración gubernamental y no gubernamental en el periodo 2018 a junio de 2023. En Honduras existen 23,756 centros educativos, de los cuales 92% son de la administración gubernamental y 8% no gubernamental. Por otra parte, Olancho y Francisco Morazán son los departamentos con mayor cantidad.

Fuente: Secretaría de Educación (SEDUC). Unidad del Sistema Nacional de Información Educativa de Honduras (USINIEH). 15 de junio 2023

Mapa municipal de centros educativos a nivel nacional

Definición: Mide la cantidad de centros educativos en Honduras por municipio, a junio de 2024. Incluye la administración gubernamental y no gubernamental de los niveles de educación prebásica, básica y media. Normalmente las cabeceras municipales son las que tienen mayor cantidad de centros educativos, siendo el Distrito Central y San Pedro Sula las mayores.

Fuente: Secretaría de Educación (SEDUC). Unidad del Sistema Nacional de Información Educativa de Honduras (USINIEH). 17 de junio 2024

ACCESIBILIDAD

Las instituciones y los programas de enseñanza han de ser accesibles a todos, sin discriminación, en el ámbito del Estado Parte.  La accesibilidad consta de tres dimensiones que coinciden parcialmente:

No discriminación;

Accesibilidad material; y

Accesibilidad económica.

La educación debe ser accesible a todos, especialmente a los grupos no vulnerables de hecho y de derecho, sin discriminación por ninguno de los motivos prohibidos. También debe ser asequible materialmente, ya sea por su localización geográfica de acceso razonable por medio de una escuela vecinal o de tecnología moderna mediante programas de educación a distancia. Asimismo, la educación ha de estar al alcance de todos; mientras que la enseñanza primaria ha de ser gratuita para todos, se pide a los Estados Partes que implanten gradualmente la enseñanza secundaria y superior gratuita.

Tasa de cobertura en población de 5 a 18 años y 3 a 17 años

Definición: Mide la cantidad de niños, niñas y adolescentes que asisten a un centro de enseñanza, como porcentaje de la población en el mismo rango de edad. Para el año 2022 la tasa de cobertura total fue de  61.5%  y a junio de 2023 es de  60.6%, de los cuales, 59.0% para los hombres y 62.3% para las mujeres, sin embargo, es importante mencionar que para el periodo 2012 a 2019 el INE utiliza el rango de 5 a 18 años de edad, mientras que de 2020 a 2023 se comienza a calcular sobre el rango de 3 a 17 años.

Fuente: Instituto Nacional de Estadísticas (INE). Encuesta Permanente de Hogares de Propósitos Múltiples (EPHPM, 2012-2023).[28]

Tasa de Analfabetismo por rango de edad

Definición: Representa la tasa de analfabetismo por rangos de edad en la población mayor de 15 años, es decir, la población que no sabe leer ni escribir. En Honduras el 13.7% de la población no sabe leer ni escribir, esto afecta en mayor porcentaje en la zona rural con el 20.8%, mientras que en la zona urbana es menor con 8.5%. Por otra parte, no existen diferencias respecto al sexo ya que, tanto en hombres como mujeres el porcentaje es mayor de 13%. Respecto al rango de edad, las mujeres adultas mayores tienen el mayor porcentaje con 35.5%.

Fuente: Instituto Nacional de Estadísticas (INE). Encuesta Permanente de Hogares de Propósitos Múltiples (EPHPM, 2012-2023).[28]

Matrícula inicial en centros educativos de Honduras

Definición: Indica la cantidad de personas matriculadas en un centro educativo por departamento en el periodo 2018 a junio de 2023. Incluye la administración gubernamental y no gubernamental en los niveles de educación prebásica, básica I ciclo, básica II ciclo, básica III ciclo y educación media. En el año 2022 se reportó una matrícula de 1,847,353, mientras que a junio de 2023 se matricularon 1,837,195 de personas a nivel general. Por su parte, el 36% del total de la matrícula fue en los departamentos de Francisco Morazán y Cortés, en su mayor porcentaje la matrícula se da en el primer ciclo de educación básica.

Fuente: Secretaría de Educación (SEDUC). Unidad del Sistema Nacional de Información Educativa de Honduras (USINIEH). 15 de junio 2023

Matrícula final en centros educativos de Honduras

Definición: Indica la cantidad de personas matriculadas que culminaron su año escolar por departamento, en el periodo 2018 a junio de 2023. Incluye la administración gubernamental y no gubernamental, en los niveles de educación prebásica, básica I ciclo, básica II ciclo, básica III ciclo y educación media. En el año 2022 se reportó una matrícula final de 1,793,871, esto significa que al final del año desertaron 53,482 personas, a junio de 2023 únicamente han desertado 3,511 personas.

Fuente: Secretaría de Educación (SEDUC). Unidad del Sistema Nacional de Información Educativa de Honduras (USINIEH). 15 de junio 2023

Repitencia escolar en Honduras

Definición: Muestra la cantidad de personas que repiten el año escolar anterior por departamento, en el periodo de 2018 a junio de 2023. En el año 2022 repitieron el año 2021 un total de 108,050 personas, mientras que en 2023, de las personas matriculadas 73,782 están repitiendo el año escolar 2022, menor en 32% con respecto al año anterior. Cabe señalar que, en todos los departamentos se repite más en el tercer ciclo de educación básica, sin embargo, en Intibucá y Lempira tienden a repetir más en el primer ciclo de educación básica.

Fuente: Secretaría de Educación (SEDUC). Unidad del Sistema Nacional de Información Educativa de Honduras (USINIEH). 15 de junio 2023

Comparativo de matrícula inicial y final

Definición: Muestra el comparativo de la cantidad de personas que se matriculan inicialmente y quienes logran quedarse hasta final del año, por nivel educativo y grado escolar, en el periodo de 2018 hasta junio de 2023. La mayor cantidad de matrícula se da en el nivel de educación básica, de este, el grado con mayor matrícula es el segundo grado del primer ciclo de educación básica. 

Fuente: Secretaría de Educación (SEDUC). Unidad del Sistema Nacional de Información Educativa de Honduras (USINIEH). 15 de junio 2023

Comparativo de repitencia y deserción escolar

Definición: Refiere al comparativo sobre la repitencia y deserción escolar en el periodo 2018 a junio de 2023. Es muy importante prestar atención a los problemas educativos que hay cuando los estudiantes llegan al séptimo grado del tercer ciclo de educación básica, en donde las personas están repitiendo un grado o bien desertando para dedicarse a otra cosa por diferentes factores.

Fuente: Secretaría de Educación (SEDUC). Unidad del Sistema Nacional de Información Educativa de Honduras (USINIEH). 15 de junio 2023

ADAPTABILIDAD

La educación ha de tener la flexibilidad necesaria para adaptarse a las necesidades de sociedades y comunidades en transformación y responder a las necesidades de los alumnos en contextos culturales y sociales variados.

 

El Estado tiene la obligación de formular planes de estudio y dotándolos de recursos que reflejen las necesidades contemporáneas de los estudiantes en un mundo en transformación.[30]

ACEPTABILIDAD

La forma y el fondo de la educación, comprendidos los programas de estudio y los métodos pedagógicos, han de ser aceptables (por ejemplo, pertinentes, adecuados culturalmente y de buena calidad) para los estudiantes y, cuando proceda, los padres.

Los Estados tienen la obligación de adoptar medidas positivas para que la educación sea culturalmente aceptable para las minorías y las poblaciones indígenas, y de buena calidad para todos.[26]

Mapa departamental de la matrícula nacional para Pueblos Indígenas y Afrohondureños

Definición: Representa la cantidad de personas pertenecientes a Pueblos Indígenas y Afrohondureños (PIAH) que se matricularon en los niveles pre-básica, básica y media de educación en el año 2017. En su mayor porcentaje, la matrícula pertenece al nivel de educación básica con el 90.9% y los departamentos con mayor porcentaje son Gracias a Dios y Cortés.

Fuente: Secretría de Educación (SEDUC). Informe sistema educativo Hondureño en cifras periodo académico 2015-2017.[28]

Mapa departamental de la matricula inicial general en educación básica para adultos en 2018

Definición: Mide la cantidad de personas mayores de 17 años matriculada en educación básica por departamento. En el año 2018 había un total de 5,224 personas adultas matriculadas en el nivel basico de educación, el 52% fueron mujeres y el 48% hombres.

Fuente: Secretaría de Educación (SEDUC). Sistema de Administración de Centros Educativos (SACE). 2018.(27)

OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE

Honduras, incorporó en la agenda pública del país los objetivos y metas de la Agenda 2030, en el momento en que suscribió el compromiso de adoptar la misma, en el marco del Sistema de las Naciones Unidas (SNU). Posteriormente, se ha procedido a la formulación de la AN-ODS, en el cual se definen los objetivos, indicadores y metas, que son prioritarios para el país.

Objetivo 4. Garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos

Las metas incluyen acceso universal a una educación preescolar, primaria y secundaria de calidad y gratuita; acceso igualitario a la educación; aumentar considerablemente las instalaciones escolares, becas y formación de docentes.

Derechos humanos relacionados

Derecho a la educación [UDHR art. 26; ICESCR art. 13], especialmente relacionados con los niños [CRC arts. 28, 29];

Personas con discapacidad [CRC art. 23(3), CRPD art. 24]; y indígenas [UNDRIP art. 14]

Derechos iguales para mujeres y niñas en el campo de la educación [CEDAW art. 10]

Derecho al trabajo, incluyiendo entrenamiento técnico y vocacional [ICESCR art. 6]

Cooperación internacional [UDHR art. 28; DRtD arts. 3-4], especialmente relacionado com niños [CRC arts. 23(4), 28(3)], personas con discapacidad [CRPD art. 32], e indígenas[UNDRIP art.39]

Derecho a la Educación y Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

El siguiente gráfico muestra la interrelación que existe entre el derecho a la educación y otros derechos contemplados en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, de acuerdo a la cantidad de acciones de la Política Pública y Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos (PP-PNADH).

Algunos derechos interrelacionados son: el derecho a la justicia; salud y bienestar; igualdad de género; derecho al trabajo; reducción de desigualdades; entre otros. 

Fuente: Secretaría de Derechos Humanos (SEDH). Vinculación PP-PNADH; Recomendaciones internacionales de DDHH y ODS.[31]

PP-PNADH

El diseño e implementación de la Primera Política Pública y Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos en Honduras”, responde al cumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por el Estado de Honduras en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, y en la subsiguiente Declaración y Programa de Acción de Viena.

El artículo 87-D del Decreto Ejecutivo PCM-055-2017, establece que, es competencia de la Secretaría de Derechos Humanos (SEDH) el “promover, coordinar, formular, monitorear, seguir, evaluar y actualizar la ejecución de la Política Pública y Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos (PP-PNADH)”.

En ese sentido, desde la SEDH evalúa la necesidad de mostrar a través de un sistema informático la interacción e interdependencia entre las diferentes variables y actores relacionados a los derechos humanos, permitiendo reportar el avance progresivo como una forma de transparencia y rendición de cuentas.

Asimismo, se pretende evidenciar información actualizada a nivel del territorio y desagregada por poblaciones en condición de vulnerabilidad; permitiendo así, asesorar con enfoque en derechos humanos a los demás poderes del Estado en base al acontecer nacional y las brechas latentes para la garantía de los derechos humanos.

Monitoreo y seguimiento de la Política Pública y Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos sobre el derecho a la educación