DEFENSORES DE DDHH, PERIODISTAS, COMUNICADORES SOCIALES Y OPERADORES DE JUSTICIA

INTRODUCCIÓN

De acuerdo con la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos, conocida como la Declaración sobre Defensores y Defensoras de Derechos Humanos, se entiende como tal, toda persona que de forma pacífica promueva o defienda, individual o colectivamente, los derechos humanos, sin importar su edad, nivel de escolaridad o instrucción, si pertenece a una organización o no, si es funcionaria o funcionario público. 

Los defensores de derechos humanos realizan acciones como la difución de información con la finalidad de fomentar una cultura de derechos humanos; denunciar abusos, incluyendo la discriminación, exclusión, opresión y violencia; defender la justicia y procuran proteger a las víctimas de las violaciones a los derechos humanos; exigir que se asuman su responsabilidad para quienes violen los derechos humanos; capacitaciones en derechos humanos; investigan casos de presuntas violaciones a los derechos humanos; entre otras.

El Estado tiene la obligación de garantizar la protección de toda persona que se dedique a la defensa de los derechos humanos. Esto incluye la creación de políticas públicas orientadas a la promoción y garantía de los derechos humanos, así como la prevención e investigación de cualquier tipo de agresión en contra de las y los defensores por motivos de su trabajo.

 

Crédito de la foto: Daniel Cima. Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Manifestación Berta Cáceres

MARCO NORMATIVO

Marco legal nacional

Ley de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia[1]

Marco legal internacional

Declaración sobre Defensores y Defensoras de Derechos Humanos[2]

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales[3]

DERECHOS RECONOCIDOS Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN

El artículo 2 de Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos, menciona que “los Estados tienen la responsabilidad primordial y el deber de proteger, promover y hacer efectivos todos los derechos humanos y las libertades fundamentales".

Asimismo, se deben de adoptar "medidas necesarias para crear las condiciones sociales, económicas, políticas y de otra índole, así como las garantías jurídicas requeridas para que toda persona sometida a su jurisdicción, individual o colectivamente, pueda disfrutar en la práctica de todos esos derechos y libertades.“

Casos de medidas de protección colectivas e individuales activas por departamento

Definición: Expresa la cantidad de casos de medidas de protección colectivas e individuales que se encuentran activas en el sistema interno e interamericano de derechos humanos por departamento del período  julio de 2015 a octubre de 2020.

Fuente: Secretaría de Derechos Humanos (SEDH). Dirección del Sistema de Protección.

Cantidad de casos de medidas de protección individuales del sistema interno de derechos humanos

Definición: Representa la cantidad de casos de medidas de protección individuales que se encuentran activas en el sistema interno de derechos humanos de julio de 2015 a octubre de 2020.

Fuente: Secretaría de Derechos Humanos (SEDH). Dirección del Sistema de Protección.   

Cantidad de casos de medidas de protección individuales del sistema interamericano de derechos humanos

Definición: Representa la cantidad de casos de medidas de protección individuales que se encuentran activas en el sistema interamericano de derechos humanos de julio de 2015 a octubre de 2020.

Fuente: Secretaría de Derechos Humanos (SEDH). Dirección del Sistema de Protección.   

Porcentaje anual de casos de medidas de protección

Definición: Refleja el porcentaje de Casos de Medidas de Protección (CMP) que se mantuvieron en el ejercicio de su labor durante el año, en los cuales no se aplicó reubicación temporal por riesgo inminente.

Fuente: Secretaría de Derechos Humanos (SEDH).[4]

DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS

Los artículos 1, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12 y 13 de la Declaración sobre los defensores de los derechos humanos contienen disposiciones específicas para la protección de los defensores de los derechos humanos; tales como: procurar la protección y realización de los derechos humanos en los planos nacional e internacional; y a realizar una labor en favor de los derechos humanos individualmente o en asociación; entre otros.[5]

Ante el problema de la desigualdad, la pobreza y los altos niveles de discriminación y exclusión, las y los defensores dan voz a poblaciones vulnerables y hacen públicas aquellas problemáticas que se encuentran invisibilizadas. probablemente, sin su labor, muchas injusticias quedarían en la impunidad, ya que, las y los defensores se ocupan de vigilar que se cumplan los derechos humanos, promueven el fortalecimiento del Estado de Derecho y defienden los derechos de las víctimas. 

Casos de medidas de protección activas para defensores de derechos humanos por departamento

Definición: Representa la cantidad de casos de medidas de protección de defensores de derechos humanos que se encuentran activas en el sistema interno e interamericano de derechos humanos por departamento, del período  julio de 2015 a octubre de 2020.

Fuente: Secretaría de Derechos Humanos (SEDH). Dirección del Sistema de Protección.

Cantidad de casos de medidas de protección a defensores de derechos humanos por tipo de medidas

Definición: Expresa la cantidad de casos de medidas de protección colectivas e individuales de defensores de derechos humanos que se encuentran activas en el sistema interno e interamericano de derechos humanos del período  julio de 2015 a octubre de 2020.

Fuente: Secretaría de Derechos Humanos (SEDH). Dirección del Sistema de Protección.

Muerte de defensores de derechos humanos

Definición: Representa la cantidad de muertes violentas en contra de defensores de derechos humanos en el periodo de 2014 a junio 2023. Cabe señalar que durante ese periodo el Comisionado Nacional de Derechos Humanos (CONADEH) registró 50 muertes violentas, siendo 2020 el año con mayor cantidad de víctimas. De estas muertes, el 78% corresponden al género masculino, 16% femenino y 6% del género no binario, es decir, en contra de personas LGTBI.

Fuente: Unidad de Estadísticas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CONADEH)

Muerte de defensores de derechos humanos por departamento

Definición: Representa la cantidad de muertes violentas en contra de defensores de derechos humanos en el periodo de 2014 a junio 2023 desagregada por departamento. En todo el periodo, Colón es el departamento que registró mayor cantidad de personas defensoras de derechos humanos muertas con el 28% de las 50 muertes.

Fuente: Unidad de Estadísticas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CONADEH)

PERIODISTAS Y COMUNICADORAS Y COMUNICADORES SOCIALES

El periodismo es una de las principales formas mediante las que se ejerce el derecho a la libertad de expresión en una doble dimensión. Son las y los periodistas quienes, al hacer del ejercicio de la libertad de expresión su principal actividad, mantienen informada a la sociedad acerca de los temas de interés público. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) establece que “una prensa independiente y crítica constituye un elemento fundamental para la vigencia de las demás libertades que integran el sistema democrático y el Estado de Derecho.” 

El principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión expresa que el asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada. 

Casos de medidas de protección activas para periodistas y comunicadores sociales por departamento

Definición: Representa la cantidad de casos de medidas de protección de periodistas y comunicadores sociales que se encuentran activas en el sistema interno e interamericano de derechos humanos por departamento, del período  julio de 2015 a octubre de 2020.

Fuente: Secretaría de Derechos Humanos (SEDH). Dirección del Sistema de Protección.

Cantidad de casos de medidas de protección a defensores de derechos humanos por tipo de medidas

Definición: Expresa la cantidad de casos de medidas de protección colectivas e individuales de periodistas y comunicadores sociales que se encuentran activas en el sistema interno e interamericano de derechos humanos de julio de 2015 a octubre de 2020.

Fuente: Secretaría de Derechos Humanos (SEDH). Dirección del Sistema de Protección.

Asesinatos de personas vinculadas a los medios de comunicación

Definición: Representa la cantidad de muertes de personas vinculadas a los medios de comunicación que registra el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH) en el periodo de 2001 a junio de 2023. Cabe señalar que a la fecha se han registrado 97 muertes violentas a personas que están vinculadas a medios de comunicación, de los cuales el 96% fueron del género masculino y 4% femenino.

Fuente: Unidad de Estadísticas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CONADEH)

Asesinatos de personas vinculadas a los medios de comunicación por departamento

Definición: Muestra la cantidad de muertes violentas de personas vinculadas a los medios de comunicación que registra el CONADEH en el periodo 2001 a junio 2023. De las 97 muertes, el 58% se dieron en el periodo de 2010 a 2015. Por otra parte, de los 18 departamentos, solo Cortés, Francisco Morazán, Copán y Atlántida componen el 61% de las muertes violentas del periodo en referencia.

Fuente: Unidad de Estadísticas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CONADEH)

OPERADORAS Y OPERADORES DE LA JUSTICIA

Las actuaciones del Estado con relación a las y los operadores de la justicia debe adecuarse al principio de la igualdad ante la ley, al derecho que tiene toda persona a que se presuma su inocencia y de ser oída públicamente y con justicia por un tribunal competente, independiente e imparcial establecido por la ley.

En tal sentido, el Estado debe garantizar la independencia de las y los operadores de la justicia absteniéndose de realizar intromisiones indebidas en el proceso de investigación y judicial, así como proporcionar los recursos adecuados y la seguridad necesaria para que estos funcionarios y funcionarias puedan desempeñar independientemente sus funciones.

Casos de medidas de protección activas para operadores de justicia por departamento

Definición: Expresa la cantidad de casos de medidas de protección de operadores de justicia que se encuentran activas en el sistema interno e interamericano de derechos humanos por departamento, del período  julio de 2015 a octubre de 2020.

Fuente: Secretaría de Derechos Humanos (SEDH). Dirección del Sistema de Protección.

Cantidad de casos de medidas de protección a operadores de justicia por tipo de medidas

Definición: Expresa la cantidad de casos de medidas de protección colectivas e individuales de operadores de justicia que se encuentran activas en el sistema interno e interamericano de derechos humanos de julio de 2015 a octubre de 2020.

Fuente: Secretaría de Derechos Humanos (SEDH). Dirección del Sistema de Protección.

Muertes de Operadores de Justicia

Definición: Refleja la cantidad de muertes de Operadores de Justicia en el periodo 2014 a junio de 2023, por género. A la fecha el CONADEH ha registrado un total de 49 muertes violentas de personas operadores de justicia en todo el periodo, sin embargo, de estas víctimas, 8 de cada 10 fueron del género masculino.

Fuente: Unidad de Estadísticas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CONADEH)

Muertes de Operadores de Justicia por lugar de muerte

Definición: Muestra la cantidad de muertes de operadores de justicia, según el lugar de muerte, en el periodo de 2014 a junio de 2023. A nivel general, del total de estas muertes, el 46% se dieron en el municipio del Distrito Central.

Fuente: Unidad de Estadísticas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CONADEH)

OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE

Honduras, incorporó en la agenda pública del país los objetivos y metas de la Agenda 2030, en el momento en que suscribió el compromiso de adoptar la misma, en el marco del Sistema de las Naciones Unidas (SNU). Posteriormente, se ha procedido a la formulación de la AN-ODS, en el cual se definen los objetivos, indicadores y metas, que son prioritarios para el país.

Algunos temas y derechos relacionados son los siguientes:

Derecho a la justicia e instituciones sólidas; fin de la pobreza; reducción de desigualdades ; alianzas para lograr objetivos; derecho a la educación; derecho al trabajo y crecimiento económico e igualdad de género.

Defensores, periodistas, comunicadores sociales, operadores de justicia y Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

El siguiente gráfico muestra la cantidad de acciones de la Política Pública y Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos (PP-PNADH) sobre defensores de derechos humanos; periodistas y comunicadores sociales; y operadores de justicia y su vinculación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Fuente: Secretaría de Derechos Humanos (SEDH). Vinculación PP-PNADH; Recomendaciones internacionales de DDHH y ODS.[5]

POLÍTICA PÚBLICA Y PLAN NACIONAL DE ACCIÓN EN DERECHOS HUMANOS

El diseño e implementación de la Primera Política Pública y Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos en Honduras”, responde al cumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por el Estado de Honduras en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, y en la subsiguiente Declaración y Programa de Acción de Viena.

El artículo 87-D del Decreto Ejecutivo PCM-055-2017, establece que, es competencia de la Secretaría de Derechos Humanos (SEDH) el “promover, coordinar, formular, monitorear, seguir, evaluar y actualizar la ejecución de la Política Pública y Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos (PP-PNADH)”.

En ese sentido, desde la SEDH evalúa la necesidad de mostrar a través de un sistema informático la interacción e interdependencia entre las diferentes variables y actores relacionados a los derechos humanos, permitiendo reportar el avance progresivo como una forma de transparencia y rendición de cuentas.

Asimismo, se pretende evidenciar información actualizada a nivel del territorio y desagregada por poblaciones en condición de vulnerabilidad; permitiendo así, asesorar con enfoque en derechos humanos a los demás poderes del Estado en base al acontecer nacional y las brechas latentes para la garantía de los derechos humanos.

Monitoreo y seguimiento de la Política Pública y Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos sobre los derechos de los defensores de DDHH, periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia