De acuerdo a los datos de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), en la matriz energética de la región, la participación de los combustibles fósiles es de cerca del 75%, y 44% en el caso de la generación eléctrica y más del 90% en el transporte.
Es esencial fomentar el uso eficiente de los recursos a través de patrones de consumo y producción sostenibles; construcción de infraestructuras que no dañen el medio ambiente; mejora del acceso a los servicios básicos; y la creación de empleos que ayuden a reducir el impacto ambiental de empresas, sectores y economías.[1]
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos [2], identificó que el ODS 12 se encuentra asociado a los siguientes derechos:
Derecho a la salud incluyendo el derecho a un medioambiente seguro, sostenible, limpio y saludable en el art. 25(1) de la Declaración Universal de Derechos Humanos (UDHR) y el art. 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR).
Derecho al agua potable, al saneamiento y a una alimentación adecuada en el art. 25(1) de la UDHR y art. 11 del ICESCR.
Derecho de los pueblos a disponer libremente de sus recursos naturales en el art. 1(2) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR) y art. 1(2) del ICESCR.
Crédito de la foto: Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP)
Definición: El indicador muestra el porcentaje de cumplimiento de los reportes de gestión ambientalmente racional de los productos que contienen sustancias químicas, en relación a los convenios internacionales ratificados. No hay dato reportado para los años 2016 y 2017.
Fuente: Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG)
Definición: Mide la proporción de residuos sólidos reciclados anualmente en comparación al total de residuos sólidos generados por año, a través de los procesos realizados por las empresas gestoras del País. La tasa de reciclaje: es la razón existente entre los residuos que son tratados y/o manejados para ser reintroducidos a los procesos de producción sobre la oferta total de residuos sólidos dada en el periodo definido que para este indicador es anual.[3]
Fuente: Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG)
Los mecanismos internacionales de derechos humanos de Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos son órganos que vigilan y monitorean el cumplimiento de las obligaciones y compromisos aceptados por los países derivados de tratados y otros instrumentos internacionales de derechos humanos.[4]
El Estado de Honduras recibió 3 recomendaciones de mecanismos internacionales en derechos humanos vinculadas al objetivo de desarrollo sostenible (ODS) número 12 sobre producción y consumo responsables, las cuales fueron emitidas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR); Examen Periódico Universal (EPU); y Comité de los Derechos del Niño (CRC).
[1] Véase Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), recuperado de: https://www.cepal.org/sites/default/files/static/files/ods12_c1900731_press.pdf
[2] Véase Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), disponible en: https://www.ohchr.org/Documents/Issues/MDGs/Post2015/SDG_HR_Table.pdf
[3] Véase Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG), disponible en: https://ods.sgpr.gob.hn/Home/Seguimiento?IdODS=12
[4] Véase Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACDH), disponible en: https://www.ohchr.org/SP/HRBodies/Pages/HumanRightsBodies.aspx